REFLEXIONES DE UN JUEZ FRANCES

viernes, 26 de enero de 2007

Publicado en la web de Red Parental Europea
http://reseau.parental.free.fr/

Extraído de la evaluación judicial, conferencia efectuada por el Presidente del Tribunal de Menores de Bobigny, en el contexto de la conferencia de Saumur-Fontevraud -Valle de Loira- , dictada entre el 30 de septiembre y el 1 de octubre de 2000.

La parentalidad.

Primeramente, en orden cronológico, y para agregar a lo que fue dicho unos momentos atrás por Evelyne Sullerot y Mr Léridon, es cierto que la ruptura del núcleo conyugal trajo, yo diría, justicia por sobre la ley, nos hizo inventar respuestas mejor adaptadas a las aspiraciones de la gente. En particular, para tomar lo dicho por Evelyne Sullerot, más y más personas desean continuar siendo padres más allá de la separación, en tanto a otros fue necesario decirles, cuando no querían hacerlo o cuando pensaban que no podían hacerlo, que deberían hacerlo. Como resultado de esto algunos quisieron hacerlo, lo afirmaron, y fueron por supuesto las clases medias, parisinas o de otros lugares, quienes lanzaron la idea de la co-responsabilidad parental, o lo que fue llamado en su tiempo custodia compartida, residencia compartida. Gradualmente (en ese tiempo fue un 5, 6, 7 %, en consecuencia no muchos), desde la ley Malluret en 1987 hasta la legislación de 1993 sobre los derechos de los padres y los niños, todo sirvió a los fines de crear, actualmente, una regla general en la ley, para seguir en la práctica judicial, por la cual cuando uno está casado y se divorcia, por una cuestión de principio, continuará ejerciendo la autoridad parental compartida, dejando la autoridad parental a cargo de uno solo de los progenitores solo para casos excepcionales, implicando que más allá de que no puedan vivir más juntos, tienen todavía responsabilidades compartidas respecto de los niños.

Al mismo tiempo era necesario, sería necesario, y los políticos no se ocuparon del tema, hacer que la gente tome conciencia de esto, porque no es suficiente con redactar una ley, si no se transfieren los valores contenidos en la misma. Esto es parte del problema.

Lo que he querido decir mientras repasaba estas cuestiones rápidamente (quizás las temáticas a tratar a continuación me llevarán a avanzar sobre ellas) es que la ley del año 1975, que fuera precedida por múltiples estudios no ha podido anticipar los problemas que vendrían.

La ley de 1975 mantuvo esta idea de custodia al principio, de custodia unilateral después, y fue bajo la presión de aquellos que acudieron a la justicia, por lo tanto familias, que en 1977 y en los años siguientes, en un principio jueces, la Suprema Corte de Apelaciones a continuación, luego la circular Badinter, y finalmente la ley, acabaron gradualmente reconociendo esta idea (estoy abreviando al máximo) que la mayoritaria tendencia francesa y europea, sea para casados o no casados, viviendo juntos o no, comenzó a afirmar que existía familia aún cuando no se viviera juntos, cuando uno trae un hijo al mundo se hace responsable del mismo por 18 años, y yo agrego, como mínimo.

Es una “France-Soir” forma de decir lo que Evelyne Sullerot dijo. Ella tiene mucho más de científica que yo, y consiste en decir que la pareja parental tiene una cualidad esencial que trasciende las vicisitudes de la vida matrimonial.

Y se trata de una de las más importantes marcas de aquella época, una cuestión de gran importancia que fue desde entonces que la responsabilidad parental fue vista por sobre la forma de la unión, casados o no casados.

Todavía quedan varias cuestiones por atar, y estoy realmente esperando, y soy enormemente crítico de este gobierno que no ha sido capaz de cambiar la ley durante los tres últimos años. No hay ninguna necesidad de comisiones, subcomisiones, etc. Hemos conocido por años como profesionales y activistas, que cuando el 41 % de los niños nacen fuera del matrimonio, cuando varios de estos padres viven juntos, no es normal mantener una legislación que retrocede hacia otros tiempos, en cuyo contexto fue desarrollada e introducida (1972), con lo que yo llamo “prioridad materna”. Es como si dijéramos que por definición, una mujer que tuvo un hijo fuera del matrimonio puede ser solamente alguien que fue seducida y abandonada. Quién puede hacernos creer en el presente tiempo que las mujeres de Francia han sido seducidas y abandonadas cuando tienen un hijo fuera del matrimonio? Si hay madres fuera del matrimonio, son ellas quienes están en el origen de la concepción del niño, el deseo de un hijo.

El varón otorga más o menos un cheque en blanco, acepta, toma parte, pero el control de la operación es primariamente de la mujer. No importa como pase, si una pareja acuerda convertirse en padres fuera del matrimonio, no es normal que la ley diga que es la madre quien tiene el ejercicio de la autoridad parental.

Hay otra cuestión que aclarar. Se sabe que habitualmente, más allá de lo cuidadoso que haya sido el legislador que la confeccionó en 1993, creó un mezcla tóxica, en la cual para poder ejercer la responsabilidad parental conjunta, cada uno debe reconocer al hijo por su lado, independientemente, pero además es necesario tener un documento que es el acto de certificación que han estado viviendo juntos el día en que se presenta el segundo requerimiento. Es inexplicable en las noticias de las 10 horas, el francés promedio simplemente no lo entiende y una ley que no puede ser entendida por la gente no es una buena ley. Uno puede recurrir a una imagen que es muy simple, que es muy Judeo-Cristiana, yo enfatizo más en Judeo que en Cristiana: el que trae un hijo al mundo asume su responsabilidad sobre ese niño. La filiación (reconocimiento del vínculo padre-hijo) de un niño, y en esto soy muy serio, no pertenece a los padres. Nuestra legislación, que es “adulto-céntrica”, como dijo Evelyne Sullerot, se esconde detrás de los derechos de los niños, pero lo que dice es hipócrita, la retórica de la demagogia, para convencer o contentar al hombre de clase media, o proletario, o cualquiera. Pero no es seguida hasta su conclusión lógica porque esto podría atacar los derechos de las mujeres, si no los derechos humanos, a su propio cuerpo, a tener niños donde quieran, cuando quieran, con quien quieran, pero no asumir las consecuencias de su acto. El niño tiene derecho a tener un papá y una mamá establecidos. La ley que resultó de la reforma de 1993 no cambia nada fundamental: aún hoy se deja en manos de los hombres y mujeres de este país aceptar que reconocen que han tenido un niño.

Es realmente un problema básico, y voy un poco más allá de lo dicho poco antes por Mr Léridon. El expresó sobre todo (porque él también está pasando a través de los temas rápidamente) que cuando tomamos los números (y el ultimo estudio que nos han dado es llamativo) aprendemos un montón de cosas, que cuando se ve que actualmente el 80 % de los padres que son padres fuera del matrimonio reconocerán a su hijos, es extraordinario comparado con 1965. Usted escribió, Señora, que era apenas un 15 % en ese tiempo.

Como resultado de lo hecho por todos y algunos, porque afirmo que tomamos parte de esto, para llevar a los hombres y mujeres de este país a asumir sus responsabilidades, la evolución es fantástica: 15 % a 80 %. Pero sean cuidadosos, porque debemos decir que hay todavía un 20 % que no son reconocidos por sus papás, ahora un 20% del 41% de 740000, implica que este país acepte que cada año hay 50000 niños huérfanos en términos de no tener a su papá. . Es un problema importante porque como juez en cuestiones de niños que soy, cuando digo a un niño “sabes quién es tu padre?” el contesta que no sabe. Y le digo “no, tienes un padre, pero quién?”. No sabe y la madre dice: “no quiero a mi ex involucrado, no quiero dinero, y no quiero que él tenga su apellido”. Pero finalmente, señora, no es asunto suyo. La cuota alimentaria la está administrando en interés de su hijo. Le está negando el derecho a sus ingresos.

En segundo término, le está negando un padre, en el nombre de sus derechos como adulta. Pueden ven la confusion aquí. En consecuencia, continuaré mi exposición.

Quiero decir simplemente que la justicia ha sido traída, en este campo, el campo del ejercicio de la autoridad parental, ha sido impulsada, a los efectos de contestar las inquietudes de la población, a cierto número de ángulos que el legislador ha debido agendar pero que no pudo seguir porque se encuentra envuelto en las redes de una ideología de confrontación entre el hombre y la mujer, que todavía no agendó la condición de la parentalidad. Casados o no casados, cuando un niño es concebido, uno se convierte en padre, y yo agrego que el niño tiene derecho a un papa y una mama legalmente establecidos. Después es otra cuestión saber si ejerzo mis derechos, mis responsabilidades. Puedo renunciar, lo que se llama abandono.


No hay comentarios:

Publicar un comentario